El autor de la iniciativa, Juan Brugge, de Unión por Córdoba (UPC-PJ), explicó que la norma no se refiere a razas específicas, sino a condiciones físicas y de temperamento de cada animal.
La legislación, que regirá en todo el ámbito cordobés, condiciona "la circulación en la vía pública y tenencia de perros potencialmente peligrosos, para preservar la vida y la integridad física de las personas y demás animales", según sus fundamentos.
En la calle, estos animales no podrán tener libertad de acción, ya que deberán circular con bozal y sujetados a una cadena o correa de un largo no superior al metro y medio, y no podrán ser llevados por menores de 16 años.
Para su cautiverio, las paredes o vallas deben ser lo suficientemente altas y consistentes para contenerlos, con una altura mínima de dos metros, y las rejas no deben permitir el paso del hocico del animal.
Los perros potencialmente peligrosos son los que tienen un tórax de 60-80 centímetros; altura en cruz de 50-70 centímetros, y peso de más de diez kilogramos, además de cabeza cuboide, cráneo ancho y cuello musculoso y corto.
El incumplimiento de estas disposiciones será considerado como una violación al Código de Faltas, y la Policía estará autorizada para actuar en caso de infracciones y estará facultada para secuestrar el animal. En tanto, las multas serán de entre 250 y 750 pesos.
Fuente: Infobae